13 de septiembre 2026, 14:47hs

La pasajera se cayó dos veces en el mismo viaje por la imprudencia del chofer. (Foto: Adobe Stock)
Una pasajera sufrió dos caídas mientras viajaba en colectivo y quedó con una lesión permanente que la obligó a demandar a la empresa de transporte por una indemnización millonaria.
El episodio ocurrió el 29 de agosto de 2012, durante un recorrido de la Línea 203 entre San Fernando y San Miguel.
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La mujer viajaba sentada en la parte trasera y, según contó en la demanda, cuando el chofer dobló una curva a máxima velocidad, se golpeó el codo izquierdo durante la primera caída.
Continuó el viaje y llegó hasta la parada donde debía bajar. Allí se produjo el segundo episodio. Cuando estaba poniendo una pierna en el escalón detrás de otra pasajera, el colectivo arrancó violentamente. La mujer perdió el equilibrio, cayó sobre el asfalto y volvió a golpearse el mismo brazo.
El chofer, según declararon los testigos, continuó la marcha pese a los gritos de los pasajeros.

Un colectivero frenó de golpe y la pasajera se cayó. (Foto: Imagen generada con IA)
La empresa negó que el hecho hubiera ocurrido. Sin embargo, dos testigos coincidieron en puntos centrales del relato.
Una de ellas aseguró haber visto cómo la pasajera cayó cuando el colectivo arrancó mientras estaba bajando. La otra, que viajaba en el mismo interno, dijo haber visto el primer golpe.
Los registros de la tarjeta SUBE también permitieron confirmar que la pasajera había utilizado ese colectivo el día del accidente.
La caída provocó una fractura del codo izquierdo que requirió una operación. Años después, una pericia médica determinó que todavía tenía una limitación de 30 grados en la extensión del codo y una cicatriz visible en la zona.
La secuela no era solamente estética. La mujer se desempeñaba como pianista y la limitación afectaba directamente esa actividad. La perito estableció una incapacidad física parcial y permanente del 14,5%.
Además, una evaluación psicológica determinó que el accidente había provocado una neurosis postraumática leve, con angustia, dificultades de concentración y atención y consecuencias en su vida afectiva y relacional.
Al analizar el caso, el Juzgado Civil y Comercial N°11 de San Isidro recordó que en los accidentes ocurridos durante un transporte público existe una obligación especial de seguridad.
En otras palabras, la empresa debe trasladar al pasajero sano y salvo hasta su destino. Para evitar una condena, debía demostrar que el accidente se había producido por una causa que la eximiera de responsabilidad, algo que no logró acreditar.

La Justicia ordenó una indemnización millonaria. (Foto: Imagen creada con IA).
La sentencia también tuvo en cuenta la Ley de Defensa del Consumidor, que obliga a las empresas a prestar sus servicios de manera tal que no pongan en riesgo la integridad física de los pasajeros.
Por eso, la Justicia consideró acreditada la responsabilidad de la compañía por las lesiones sufridas durante el viaje.
Por la incapacidad física permanente se fijaron $7.174.230,93. A esa suma se agregaron $3.600.000 por daño moral, $2.400.000 para afrontar un tratamiento psicológico y $200.000 por gastos médicos y traslados.
En total, la indemnización llegó a $13.374.230,93, aunque la cifra final será mayor por los intereses.
El fallo estableció un interés del 6% anual desde el accidente hasta la sentencia y, desde entonces y hasta el efectivo pago, la tasa pasiva más alta del Banco Provincia para depósitos a 30 días.
La condena también alcanzó a la compañía aseguradora, dentro de los límites establecidos en la póliza.