Un militar de la Armada es condenado a prisión por ocultar que derramó por accidente miles de litros de combustible al mar: no tendrá que indemnizar al Estado por su error

calendar_today 27.10.2026 - person  - timer ~3 Minutos

Imagen de archivo de un buque de la Armada Española. (EFE/ Emma Agnini)

Imagen de archivo de un buque de la Armada Española. (EFE/ Emma Agnini)

El Tribunal Supremo ha condenado a seis meses de prisión y suspensión de sueldo a un brigada de la Armada por ocultar a sus superiores que derramó al menos 3.000 litros de combustible de aviación en una fragata, pero le ha retirado la obligación de indemnizar al Estado con 2.895 euros. La Sala de lo Militar ha concluido que el suboficial cometió un delito de deslealtad al negar ante el jefe de su servicio que hubiera existido una incidencia durante el trasiego del combustible.

El brigada era el responsable directo de la recepción y gestión del combustible y los aceites en la fragata de la Armada. El buque embarcó el pasado 13 de enero de 2025 21.700 litros de JP5 en la base naval española de Rota, en Cádiz, para afrontar su calificación operativa. Un día después, a las 12:00 horas, se llevó a cabo una recirculación obligatoria para conservar el combustible en condiciones adecuadas. En el primer trasiego, el tanque de almacén perdió 5.800 litros en el primer trasvase por un error de alineamiento. Esa tarde hubo otro movimiento hacia otro de los tanques y, al día siguiente, el nivel de ese depósito pasó del 67% al 43% de su capacidad: otros 1.450 litros menos.

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Como consecuencia del derrame, parte de este combustible cayó en el mar. El resto quedó en el interior del buque y, según relata la sentencia, el brigada ordenó a dos subordinados que retiraran el líquido con cubos y lo vertieran en el tanque de aguas oleosas, un depósito que tienen los barcos destinado al almacenamiento temporal de aguas contaminadas.

La condena no ha respondido al error técnico que causó la pérdida del carburante, ya que fue absuelto anteriormente por el Tribunal Militar Territorial Cuarto de A Coruña al no apreciar el elemento subjetivo exigido para ese delito. El Supremo ha situado el delito en la conversación con el capitán de corbeta, jefe del Servicio de Energía y Propulsión.

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El capitán preguntó al brigada si había existido alguna novedad con el JP5, si se había producido una pérdida y cuáles eran las existencias a bordo. El militar respondió que no había ocurrido nada, negó la merma y afirmó que el buque conservaba todo el combustible cargado en Rota. Para el Supremo, esa versión fue “una consciente y mendaz traición a la verdad” sobre un asunto del servicio.

Los magistrados sí han corregido la condena económica. La pérdida de combustible procedía del derrame anterior, no de la información falsa que completó el delito de deslealtad, por lo que ha quedado fuera de la causa. La mentira podía generar responsabilidad civil si hubiera causado un perjuicio directo, ha zanjado el tribunal. Las costas han quedado declaradas de oficio.

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