ProCultura: Suprema rechaza recurso de aseguradora y confirma resolución de la CMF que los multó en conflicto con el GORE - La Tercera

calendar_today 04.08.2026 - person  - timer ~3 Minutos

José NavarretePor José Navarrete4 AGOSTO 2026

La Corte Suprema se pronunció en la disputa que, en el marco del caso ProCultura, mantiene la empresa Aseguradora Porvenir S.A. (Aspor) con el Gobierno Regional (GORE) de la Región Metropolitana por el cobro de cinco pólizas de garantía asociadas al convenio suscrito con la fundación que lideraba Alberto Larraín.

Las pólizas, por un total superior a 31 mil UF, equivalentes a más de $1.000 millones, fueron exigidas por el GORE tras el término anticipado del proyecto de prevención del suicidio Quédate.

La Tercera Sala del máximo tribunal del país confirmó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que en diciembre del año pasado, a su vez, ratificó lo dictaminado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) al sancionar a la aseguradora por incumplir las obligaciones asociadas a las pólizas.

“Lo dijimos desde el primer día, Aspor debía pagar. Hoy, la Corte Suprema ha confirmado que teníamos razón. Desde el inicio del caso de ProCultura, sostuvimos que íbamos a recuperar hasta el último peso de los recursos públicos. Por lo que muy tempranamente iniciamos las acciones administrativas y legales para exigir el cobro de las pólizas de seguro involucradas”, manifestó el gobernador de la Región Metropolitana, Claudio Orrego.

La autoridad sostuvo que ante las exigencias que hizo el GORE la empresa buscó “obstaculizarlo todo, exigiendo antecedentes que no correspondían, interponiendo acciones dilatorias, en fin, negándose a pagar”.

“La Corte Suprema ha sido categórica. No solamente estableció que Aspor debió pagar cuando se lo exigimos, sino que también confirmó las multas y sanciones aplicadas por la Comisión de Mercado Financiero (CMF) en contra del comportamiento ilegal de la aseguradora. Luego de 2 años y medio de juicios civiles tan innecesarios como injustos, exigimos que Aspor pague, tal como lo ha señalado la Corte Suprema. Nadie, por importante que sea, está por sobre la ley”, destacó Orrego.

La aseguradora sostenía que la transferencia de los dineros fue suspendida por una orden de un tribunal emitida con anterioridad al cumplimiento del plazo para el pago y estimaban que la CMF habría excedido su potestad legal atribuyendo a la compañía una intencionalidad en su actuar en cuanto a que esta habría dilatado u obstaculizado el cumplimiento de las obligaciones del contrato con el GORE.

Tras tras el fin anticipado del convenio con ProCultura, la repartición que encabeza Orrego cobró las pólizas. Aspor no pagó dentro de los 30 días y alegó falta de antecedentes, solicitando una medida precautoria judicial para suspender el pago, un requerimiento que inició una causa en el 8° Juzgado Civil de Santiago.

En paralelo, por el frente administrativo la CMF sancionó a Aspor con una multa de 1.000 UF por infracciones normativas.

Sin embargo, Aspor alegó ante la Corte de Apelaciones de Santiago para impugnar dicha multa. El tribunal de alzada la ratificó y lo propio hizo la Suprema frente a la insistencia de la aseguradora.