Nueva Ley de Aviación Civil busca poner bajo control a los drones en Ecuador

calendar_today 21.09.2026 - person  - timer ~4 Minutos

Por primera vez, se incorpora un capítulo específico para regular las aeronaves no tripuladas. Estas deberán estar registradas y contar con la autorización correspondiente para poder operar, según lo determina el proyecto de Ley Orgánica de Aviación Civil que tramitará la Asamblea Nacional.

Los drones dejarían de ser considerados únicamente como equipos tecnológicos de uso recreativo, comercial o institucional y pasarían a tener un marco específico dentro de la legislación aeronáutica ecuatoriana. El capítulo IV del proyecto está dedicado a las aeronaves no tripuladas y establece controles para su ingreso, registro y operación en el país.

La propuesta otorga a la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) la responsabilidad de registrar, autorizar, controlar y fiscalizar el uso de drones en Ecuador. La regulación alcanzaría a las aeronaves no tripuladas privadas y públicas, con excepción de las que pertenezcan a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y el Servicio Nacional de Aduana.

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Según el director general de Aviación Civil, Juan Pablo Franco, la regulación obligatoria de los drones empezará con aquellos equipos que superen 250 gramos de peso.

Uno de los principales cambios es que los drones deberán constar en el Registro Aeronáutico Nacional. Además, un equipo adquirido en el exterior no podrá ser nacionalizado, desembarcado o liberado por la autoridad aduanera si antes no cuenta con la homologación técnica, autorización o registro administrativo exigido por la autoridad aeronáutica.

Responsabilidad de la Policía y las Fuerzas Armadas

El proyecto plantea que el control de los drones no quede únicamente en manos de la DGAC. La Policía Nacional, en coordinación con la autoridad aeronáutica, podrá supervisar sus operaciones en todo el territorio nacional y verificar que se desarrollen conforme a la ley.

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Las Fuerzas Armadas, por su parte, tendrán a su cargo las tareas relacionadas con la seguridad y la protección del espacio aéreo nacional, dentro de las competencias que les atribuye la legislación.

La propuesta también establece una coordinación obligatoria entre la DGAC, el Servicio Nacional de Aduana, el Comité de Comercio Exterior y otras instituciones para controlar la importación e ingreso de estas aeronaves.

Drones que interfieran en incendios

El proyecto establece, además, restricciones para determinadas operaciones. Una de ellas está relacionada con los incendios forestales: operar un dron en el espacio aéreo cercano a un incendio será considerado una infracción muy grave.

La prohibición no se aplicará a las aeronaves no tripuladas utilizadas por los servicios públicos que participan en el combate del incendio.

Las infracciones muy graves contempladas en el proyecto podrían generar multas de entre 21 y 30 salarios básicos unificados o la suspensión temporal, de tres a seis meses, del permiso o certificado de operación correspondiente.

¿Qué pasará con los drones utilizados para delitos?

El proyecto también contempla qué ocurrirá cuando una aeronave no tripulada sea utilizada para cometer una infracción penal. En esos casos, su incautación deberá realizarse mediante coordinación entre las instituciones competentes y respetando las atribuciones establecidas en la legislación.

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La nueva regulación se sustenta en la necesidad de que el Estado tenga mayor control sobre el espacio aéreo y pueda prevenir riesgos para la seguridad de las personas y bienes. Con el capítulo dedicado a los drones, el proyecto busca establecer por primera vez reglas específicas para una tecnología cuyo uso se ha extendido en actividades particulares, comerciales, públicas y de seguridad.

La presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea, Valentina Centeno (ADN), explicó que ya existen estándares internacionales para regular la operación de drones y otras aeronaves no tripuladas con un peso superior a 250 gramos.

Según Centeno, el proyecto de ley incorpora estas disposiciones en la Ley de Aviación Civil y establece la obligación de registrar las aeronaves no tripuladas mediante un proceso simplificado y 100 % en línea. El objetivo, señaló, es que los drones utilizados en Ecuador, ya sea para labores de monitoreo, actividades agrícolas u otros fines, estén identificados y se pueda mantener una trazabilidad sobre su operación.

La legisladora sostuvo que esta regulación también responde a razones de seguridad, debido al uso de drones por parte de grupos de delincuencia organizada. Como ejemplo, mencionó un operativo reciente en el que fueron detenidos dos sujetos que tenían en su poder un dron de gran tamaño presuntamente adaptado para transportar explosivos. “Un dron está al servicio de la delincuencia organizada”, afirmó.

Centeno señaló que estos casos evidencian que los drones también pueden ser utilizados para cometer delitos. Añadió que el Ministerio del Interior realizó observaciones al proyecto y planteó la necesidad de establecer un registro obligatorio de las aeronaves no tripuladas que operan en el país como una medida de seguridad.

Según la asambleísta Valentina Centeno, este proyecto de ley será parte de la agenda legislativa del pleno de la Asamblea del 25 de septiembre de 2026. (I)