
El grupo de cotización que figura en la nómina no es un dato meramente administrativo. La clasificación que realiza la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena determina, entre otras cuestiones, la base sobre la que se calculan sus cotizaciones y tiene consecuencias en las pensiones. En 2026 existen 11 grupos diferentes, que organizan a los trabajadores en función de su cualificación, funciones y responsabilidades, con bases mínimas que varían en función de la categoría profesional y una base máxima común para todos.
La base máxima de cotización se sitúa este año en 5.101,20 euros mensuales, mientras que la base mínima depende del grupo. Para los grupos 4 a 11, que integran a Ayudantes No Titulados, Oficiales Administrativos, Subalternos, Auxiliares Administrativos; Oficiales de Primera y Segunda; Oficiales de Tercera y Especialistas; Peones y Trabajadores menores de 18 años; la base mínima de cotización es de 1.381,20 euros al mes. En el grupo 3, que incluye a Jefes Administrativos y de Taller, asciende a 1.391,70 euros. Mientras que en el 2, del que forman parte Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados, llega a 1.599,60 euros y en el grupo 1, que corresponde a Ingenieros, Licenciados y Alta Dirección, la base mínima de cotización alcanza los 1.929 euros.
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La clasificación por grupos también tiene importancia porque las cotizaciones financian el sistema de Seguridad Social y contribuyen al reconocimiento de prestaciones como la pensión de jubilación, la incapacidad temporal o permanente, el desempleo y las pensiones de viudedad y orfandad. Por eso, conocer el grupo asignado permite entender mejor qué aparece cada mes en la nómina y qué impacto puede tener la cotización a largo plazo, según indican los expertos en pensiones de BBVA.

La base de cotización sirve para calcular las cuotas que deben abonar tanto la empresa como el trabajador. Sobre ella se aplican distintos tipos en función de la contingencia cubierta. Para las contingencias comunes, el tipo total es del 28,30%, del que un 23,60% corresponde a la empresa y un 4,70% al trabajador.
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En el caso del desempleo, la aportación depende del tipo de contrato. Para los contratos indefinidos, el tipo conjunto es del 7,05%: un 5,50% a cargo de la empresa y un 1,55% del trabajador. En los contratos de duración determinada, el porcentaje conjunto asciende al 8,30%.
También se aplican cotizaciones para el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), la formación profesional y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Este último alcanza en 2026 el 0,90%, repartido entre un 0,75% para la empresa y un 0,15% para el trabajador. Las contingencias profesionales tienen un tratamiento específico y dependen de la actividad.
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La base de cotización no se limita al salario base. Incluye, con carácter general, la remuneración total que el trabajador percibe por su actividad, tanto en dinero como en especie. Las percepciones que tengan un vencimiento superior al mensual se prorratean durante los 12 meses del año, de acuerdo con las reglas de cotización.

La importancia del grupo de cotización va más allá de la nómina. Las bases acumuladas durante la vida laboral intervienen en el cálculo de la base reguladora de determinadas prestaciones, entre ellas la pensión de jubilación.
En 2026, para determinar esa base reguladora se aplica la alternativa que resulte más favorable entre las últimas 300 bases de cotización o las mejores 302 bases dentro de los últimos 304 meses, según el sistema previsto para ese ejercicio.
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Esto significa que la cotización realizada durante la carrera laboral puede tener consecuencias sobre la cuantía de las pensiones futuras. Una base de cotización más elevada, dentro de los límites establecidos, puede traducirse en una mayor base reguladora, aunque el cálculo final de la pensión depende también de otros factores.
Conviene, además, no confundir grupo de cotización y categoría profesional, según fuentes de BBVA. El primero responde a la clasificación utilizada por la Seguridad Social para determinar las bases de cotización, mientras que la categoría profesional se refiere a la clasificación del trabajador dentro de la empresa o del sector y suele venir determinada por el convenio colectivo aplicable.
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Para determinar el grupo de cotización de un trabajador hay que atender a varios elementos. Uno de los principales es el convenio colectivo que resulte de aplicación, ya sea sectorial o de empresa. También deben tenerse en cuenta las funciones que desempeña realmente el empleado, su nivel de responsabilidad y autonomía y la complejidad de las tareas.
La formación es otro de los factores relevantes. Algunas categorías están vinculadas al nivel de cualificación o titulación, especialmente en los primeros grupos. La empresa debe encuadrar al trabajador de acuerdo con las funciones y condiciones que correspondan, y no simplemente con la denominación que aparezca en el puesto.
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El grupo de cotización puede consultarse habitualmente en la nómina y el contrato de trabajo. Revisar este dato permite comprobar que la clasificación y la base de cotización se corresponden con la actividad desempeñada y con las condiciones laborales aplicables.
En un sistema en el que las cotizaciones a la Seguridad Social determinan tanto las aportaciones actuales como parte de la pensión, no es un dato menor: el grupo que aparece en la nómina puede acabar teniendo consecuencias mucho más allá del salario de cada mes.