
Paulatinamente el chavismo ha ido borrando la “(e)” que parecía dar a la autoridad de Delcy Rodríguez cierto carácter transitorio.
Tras la caída de Nicolás Maduro, capturado por fuerzas especiales de Estados Unidos el 3 de enero junto con su esposa Cilia Flores, la entonces vicepresidenta Rodríguez asumió la Presidencia de la República. Su nuevo título venía acompañado en las notas oficiales de una “(e)” que denotaba su condición de “encargada”.
No obstante, en los últimos días el aparato comunicacional del chavismo ha optado por suprimir la incómoda letra para presentar a Delcy Rodríguez directamente como presidenta. Aquello no se reduce a una simple vocal, pues sobre la mesa está la discusión con respecto a la legitimidad de la antigua colaboradora de Maduro para ejercer el cargo.
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El régimen chavista se ha negado a declarar la falta absoluta del mandatario nacional, argumentando que la razón que motiva el vacío -la intervención militar norteamericana- no aparece entre las causales determinadas por la Constitución.
En consecuencia, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) -controlado por el oficialismo- creó la figura de la “ausencia forzosa”, evitando así pronunciarse sobre el fondo de la materia y dictando una “medida de protección para garantizar la continuidad administrativa del Estado y la defensa de la Nación”.
El fallo del TSJ “ordena que la ciudadana Delcy Eloína Rodríguez Gómez, vicepresidenta ejecutiva de la República, asuma y ejerza en condición de encargada todas las atribuciones, deberes y facultades inherentes al cargo de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela”.
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De acuerdo con la Constitución, declarar la falta absoluta del jefe de Estado obliga a realizar elecciones en un plazo de 30 días para llenar la vacante. Esto fue lo que ocurrió en 2013, cuando se anunció la muerte de Hugo Chávez el 5 de marzo y se llevaron a cabo los comicios presidenciales el 14 de abril, resultando ganador Maduro por un estrecho margen.
Voceros de la academia, expertos legales y organizaciones no gubernamentales afirman que la continuidad de Rodríguez de forma indefinida en el cargo, viola flagrantemente lo estipulado en la Carta Magna venezolana.
“El artículo 234 de la Constitución establece que las faltas temporales serán suplidas por el vicepresidente ejecutivo durante 90 días, prorrogables por otros 90 días con autorización de la Asamblea Nacional. En consecuencia, el plazo máximo de una suplencia presidencial es de 180 días continuos”, explica la ONG Acceso a la Justicia. Ya Delcy Rodríguez superó los 200 días en la Presidencia de la República.
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La administración de Donald Trump se refiere al gobierno de Delcy Rodríguez como “interino”, término que también repiten la oposición y distintos factores de la sociedad civil en el país. Sin embargo, el chavismo no acepta esa etiqueta.
En el comunicado que publicó con motivo del inicio del proceso de negociación con una delegación de la oposición, el líder del Parlamento y hermano de la presidenta encargada, Jorge Rodríguez, aclaró que participaba en esas conversaciones en su condición de “coordinador del diálogo por el gobierno nacional”.