Denuncia de los jubilados judiciales bonaerenses | El Dia

calendar_today 26.10.2026 - person  - timer ~2 Minutos

El Foro de Jueces y Funcionarios Judiciales Retirados de la Provincia de Buenos Aires emitió un duro comunicado en el que advierte que “los retrasos procesales y el incumplimiento de los fallos por parte del Instituto de Previsión Social vulneran los derechos fundamentales de las personas mayores”.

Bajo el título “Morosidad judicial y contumacia del IPS”, el documento enfatiza que el derecho a ser juzgado en un plazo razonable es una garantía consagrada en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos. Sin embargo, los exmagistrados sostienen que “la inercia” del sistema judicial bonaerense persiste y adquiere una gravedad “superlativa” cuando “impacta directamente en reclamos de carácter alimentario y de salud de los adultos mayores”.

El comunicado apunta hacia los litigios generados a partir de la Resolución General N° 23.978/24 del IPS, los cuales tramitan en el fuero Contencioso Administrativo. Según el Foro, las demoras en estos expedientes resultan “completamente injustificadas” por diversos factores:

-Baja complejidad: se trata de causas de “puro derecho, sin hechos controvertidos ni necesidad de producir medidas probatorias complejas”.

- Conducta de los demandantes: los jubilados “no recurren a maniobras dilatorias en sus presentaciones”.

- Inacción de los tribunales: “Falta la debida diligencia judicial para resolver demandas y medidas cautelares en tiempos razonables, afectando de manera directa el sustento diario y la subsistencia digna de los demandantes”.

Al panorama de mora judicial se le suma lo que el documento describe como la “contumacia” y la “actitud refractaria del IPS”. La entidad es cuestionada por demorar el cumplimiento de las sentencias y medidas cautelares firmes: “Debería actuar con la ejemplaridad propia de un organismo público”. En ese sentido, los firmantes recordaron que la persistencia en esta conducta contumaz expone a los directivos del organismo no solo a sanciones pecuniarias (astreintes), sino también a eventuales imputaciones penales bajo el artículo 239 del Código Penal, que sanciona la desobediencia a la autoridad.

Finalmente, el Foro hizo “un llamado urgente para garantizar celeridad procesal en el fuero contencioso administrativo”. Y exigir un cambio de actitud en las autoridades del IPS.

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