Fue en mayo de 2024, en Valparaíso, que el fiscal Luis Contreras -quien indaga el caso de fraude al Fisco en que está imputado el senador Miguel Ángel Calisto (Independiente)- le tomó declaración a la abogada coordinadora del Comité de Auditoría Parlamentaria Priscila Fuentes.
La misión de ese comité, según explicó la abogada ante el Ministerio Público, es hacer auditoría a las asignaciones parlamentarias dado que se trata de recursos públicos. Su testimonio resultó relevante ya que el corazón del caso apunta a determinar si las supuestas asesorías de Carla Graf, exintegrante del equipo de Calisto, efectivamente se hicieron.
Lo primero que hizo Fuentes fue explicar el contexto general de cómo funciona este sistema en el Congreso: “En el caso de los parlamentarios, tienen dos tipos de asignaciones distintas para la provisión de personal. Una se llama personal de apoyo. Esas personas pueden estar contratadas por contrato de trabajo u honorarios. La segunda se llama Asesorías Externas y todas esas personas están contratadas a honorarios”.
“La regulación de las asignaciones está en una resolución del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias. Los parlamentarios deciden con qué recursos contratan a su personal. Las personas que están contratadas a honorarios deben adjuntar un formulario de actividades desarrolladas, con fecha, lugar, materia y asistentes de cada una de las actividades mensuales que ejecutaron. El respaldo está dado por la boleta de honorarios más el formulario. El comité solo fiscaliza algunas actividades. Si el informe dice que hubo tal o cual reunión, no es fácil chequear la verosimilitud de la información”, se lee en la declaración de la abogada.
Ante una consulta del fiscal Contreras, la abogada encargada de las auditorías aclaró que “efectivamente existen los asesores políticos, y ellos pueden referir en sus informes que tuvieron reuniones o actividades de carácter político. En otras palabras, no es objetable que la actividad realizada por el asesor sea de naturaleza política”. Esto porque desde la defensa de Calisto siempre han sostenido que la asesoría de Graf era estratégica, directa al entonces diputado y de carácter verbal.
Luego de eso procedió a relatar la auditoría que se le hizo a Graf: “Se realizó una auditoría al personal de apoyo de la Cámara de Diputados. Se auditó el periodo de mayo a agosto de 2020 y respecto a Carla Graf se observó que los formularios de actividades desarrolladas de los meses de mayo a agosto de 2020 no tenían la firma del diputado. Esa firma se refiere a consignar que los recibió conforme. Además, los formularios de mayo, julio y agosto tenían falencias de completitud, porque no tenía identificación de los asistentes a las reuniones a las cuales ella supuestamente había asistido. Esto se le informó al parlamentario en el oficio reservado 148 de 25 de marzo de 2021″.
Luego explicó que “en el año 2022 se auditaron los meses de agosto de 2021 a enero de 2022 y se observaron inconsistencias entre el contrato y los informes, porque el contrato hablaba de asesoría comunicacional y los informes hablaban de asesoría en gestión”.
“Nosotros les pedimos que corrigieran los informes. Además, en los informes aparecían gestiones en favor de la comunidad, cuestión que está prohibida, por ejemplo, reclamaciones beca Aysén. Por eso se solicitaron mayores antecedentes informándose que se trataba de asesoramiento parlamentario, de modo que la prestadora solo proporcionaría orientación sin realizar gestiones en favor de terceros. Con esa información se entendió subsanada la observación”.
El testimonio de la abogada auditora continúa admitiendo que, por las limitaciones del trabajo del comité, no tienen herramientas para chequear que efectivamente las asesorías contratadas con fondos públicos se realice de forma efectiva: “Respecto del contenido del trabajo que va a desarrollar la persona contratada, eso lo ve el parlamentario. Solamente verificamos que esté el informe con las actividades informadas más la boleta. No tenemos personal ni presupuesto para verificar que las actividades consignadas en el informe se hicieran o no. En la práctica una fiscalización de ese tipo implicaría trasladarse por todo el país. Eso sí verificamos que exista la debida coherencia entre lo que dice el contrato, el informe y la boleta respectiva, respecto del monto pactado, el periodo contratado y el monto de la boleta”.
Al final de la declaración, Fuentes detalla lo siguiente: “Lo que me exhibe corresponde al informe de actividades de abril de 2020, donde consigna ‘coordinación de reuniones de agenda’; ‘coordinar actividade permanentes y transitorias del equipo teletrabajo’; ‘coordinar participación del equipo en reuniones organizadas por agenda. En ese informe por ejemplo no se consigna la información relativa a los asistentes. De esas labores se desprende que la persona contratada sería más bien una asesora en gestión territorial”.