Lista de ecuatorianos “inelegibles” para entrar a los Estados Unidos crece y la sanción afecta a sus familiares, bienes y activos

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El listado, que es de conocimiento público, de exfuncionarios gubernamentales del Ecuador calificados como inelegibles para ingresar a los Estados Unidos creció a catorce, en medio del endurecimiento de sanciones de ese país como parte de una política contra el crimen organizado y el terrorismo.

Casi dos años después de la sentencia por delincuencia organizada que dictó la Corte Nacional de Justicia (CNJ) en el caso Metástasis, llegó una suerte de condena migratoria y “moral” impuesta por los Estados Unidos en contra de exjueces y actores políticos que será perpetua: “Jamás podrán entrar o volver a entrar a los Estados Unidos”, precisó el catedrático y diplomático guayaquileño Carlos Estarellas.

La explicación se da a propósito de la decisión del Gobierno de Donald Trump, a través del Departamento de Estado de ese país, de declarar inelegibles a siete personas que fueron sentenciadas por delincuencia organizada y que se suman a otras siete, entre ellos expresidentes de la República de Ecuador, cuyos registros se hicieron públicos.

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No obstante, esta medida viene tomándose tiempo atrás. En enero de 2022, la Embajada de Estados Unidos en Quito informó que estaba revocando las visas de no inmigrante de varios jueces ecuatorianos y otros individuos que trabajan en los sectores legal y judicial.

Ya en ese momento, el Gobierno norteamericano que lideraba Joe Biden advirtió que estaban “revisando cuidadosamente las visas otorgadas y las nuevas solicitudes para avanzar en los esfuerzos anticorrupción y combatir el crimen organizado”.

Esta política migratoria tiene efectos que se extienden a los familiares de los inelegibles, según la ley norteamericana de Asignaciones para Seguridad Nacional, Departamento de Estado y Programas Relacionados.

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Esta norma tiene una sección titulada Anticleptocracia, Derechos Humanos e Inelegibilidad y dispone que “los funcionarios de gobiernos extranjeros y sus familiares directos respecto de quienes el secretario de Estado disponga de información fidedigna de que han estado involucrados, directa o indirectamente, en actos de corrupción significativa —incluida la corrupción relacionada con la extracción de recursos naturales— o en violaciones graves de los derechos humanos —incluida la detención arbitraria de personal contratado localmente por una misión diplomática de los Estados Unidos, o de un ciudadano estadounidense—, no serán elegibles para ingresar a los Estados Unidos”.

A esta se suma la sanción económica con el bloqueo de activos, ya que el expediente se remite a la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro para que determine “si procede aplicar las facultades sancionadoras, de conformidad con la legislación de los Estados Unidos, a fin de bloquear la transferencia de bienes e intereses sobre bienes, así como todas las transacciones financieras en los Estados Unidos, que involucren a cualquier persona descrita”.

Por último, y para dejar en firme la resolución, el secretario de Estado “designa e identifica pública o privadamente a los funcionarios de gobiernos extranjeros y a sus familiares directos sobre quienes disponga de dicha información fidedigna, independientemente de si la persona ha solicitado una visa”, y los declara inelegibles.

Esto lo hizo el secretario de Estado, Marco Rubio, luego de su paso por Ecuador el miércoles último para reunirse con el presidente de la República, Daniel Noboa, y evaluar los avances en las acciones y políticas conjuntas en el combate al crimen organizado.

Así, Rubio declaró inelegibles a Pablo Ramírez Erazo, exdirector del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI).

Wilman Terán Carrillo, exmagistrado de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ); Ronaldo Guerrero Cruz y Johann Marfetán Medina, exjueces de la Corte Provincial de Justicia del Guayas; su excolega Fabiola Gallardo Ramia, expresidenta de la Corte mencionada, y quien fue su relacionadora pública, Mayra Salazar Merchán.

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También será inadmitido Pablo Muentes Alarcón, exasambleísta de la Asamblea Nacional. Todos ellos, sentenciados en el caso Metástasis.

La consecuencia inmediata es que los siete sentenciados “jamás podrán volver a los Estados Unidos”, recalcó Estarellas; y, en el caso de sus familiares, el “solo el hecho de que, por ejemplo, un padre sea declarado inelegible significa que los Estados Unidos pueda negar la visa a sus hijos o/y esposa”, puntualizó.

Esto es “terrible, es una sanción migratoria y moral muy fuerte”, agregó el diplomático, quien aclaró que a aquellos ciudadanos que hayan tenido visa norteamericana vigente se las pueden revocar o cancelar.

El abogado y exdiputado ecuatoriano Ricardo Noboa Bejarano reflexionó sobre esta resolución como una “nueva sentencia”.

“El motivo es lapidario: ayudar a organizaciones terroristas como Los Choneros y el cartel de Sinaloa y participar en coimas y actos de corrupción. Los ecuatorianos debemos aprender que la justicia no se toca. Se la deja actuar libremente para dar a cada uno lo suyo. Pues bien, el Departamento de Estado ha decidido hacer lo que a veces la justicia ecuatoriana no hace, o lo hace tarde o lo hace de forma incompleta: ha dado “a cada uno lo suyo”. Hay una proscripción para ingresar a suelo americano", posteó Ricardo Noboa en la red social X.

Para el Departamento de Estado, los siete inelegibles “abusaron gravemente de sus cargos al aceptar sobornos de bandas vinculadas a organizaciones narcoterroristas e interfirieron en procesos judiciales, electorales y públicos para favorecer a Los Lobos y Los Choneros, que están vinculados a los carteles Jalisco Nueva Generación (CJNG) y de Sinaloa”, estos dos últimos oriundos de México.

Estados Unidos utilizará todos los medios a su alcance para proteger a sus ciudadanos y negará la entrada a “narcoterroristas, sus cómplices corruptos y sus familiares directos. A cualquier funcionario extranjero que abuse corruptamente de su cargo público para beneficio económico personal: Estados Unidos lo encontrará y lo expondrá”, advirtió el Departamento de Estado en una comunicación oficial difundida el 9 de septiembre de 2026.

Otros ecuatorianos en la lista de inelegibles para entrar a territorio estadounidense

A la lista de los procesados por Metástasis, el Departamento de Estado de los Estados Unidos declaró inelegibles a Rafael Correa Delgado, expresidente de Ecuador (2007-2017), y a Jorge Glas Espinel, exvicepresidente de Ecuador y exministro en el correísmo, por su “implicación en casos significativos de corrupción durante su tiempo como funcionarios públicos”, se detalló en un comunicado oficial de 2024.

Esto debido a que Correa y Glas fueron sentenciados por cohecho pasivo agravado dentro del caso Sobornos 2012-2016.

Dos años antes, el 9 de marzo de 2022, el Departamento informó también que calificó como inelegible al exmandatario Abdalá Bucaram Ortiz (1996-1997) porque participó en “actos significativos de corrupción, incluida la apropiación indebida de fondos públicos, la aceptación de sobornos y la interferencia en procesos públicos”.

Se argumentó que Bucaram, como presidente de Ecuador, se involucró en “múltiples actos de corrupción, como malversación de fondos y sobornos, y que no ha rendido cuentas por su traición a la confianza pública”.

Aunque este 9 de septiembre de 2026, Abdalá Bucaram fue sentenciado por primera vez por un tribunal penal de Pichincha en primera instancia a nueve años de prisión por el delito de delincuencia organizada en el caso llamado Pruebas COVID-19.

Esta sanción en su contra alcanzó también a sus familiares inmediatos, como su esposa, María Rosa Pulley Vergara, y sus hijos Jacobo, Abdalá Jaime (Dalo) y Michel Bucaram Pulley. (I)

Proyectaron la casa soñada, pero la obra terminó con graves fallas estructurales: ratificaron una condena de $70 millones

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Proyectaron la casa soñada, pero la obra terminó con graves fallas estructurales: ratificaron una condena de $70 millones

La Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó una condena de 70 millones de pesos por fallas estructurales en una vivienda familiar de La Plata. (Poder Judicial)

La construcción de una vivienda familiar en La Plata culminó con graves fallas estructurales que pusieron en riesgo la estabilidad del inmueble, según determinó un peritaje incorporado al expediente. La Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la condena de 70 millones de pesos contra el profesional responsable de la obra, luego de que los informes técnicos advirtieran deficiencias en vigas, columnas y losas, y señalaran que, sin estudios complementarios, no podía garantizarse el correcto desempeño futuro de la estructura.

Según consta en la resolución judicial, la demanda fue presentada por una pareja —actualmente él de 55 años y ella de 50— que buscaba la reparación de los perjuicios ocasionados por el mal desempeño de los encargados de la obra. El contrato suscripto tenía por objeto levantar una casa destinada a ser el hogar familiar, pero el proyecto quedó marcado por retrasos, defectos estructurales y una ejecución que, de acuerdo con las pericias, no cumplió los estándares mínimos de seguridad.

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El fallo de primera instancia desestimó las defensas de los demandados, quienes habían planteado la falta de legitimación tanto de la reclamante, por no haber firmado el contrato, como de la esposa del profesional, por no ser parte formal del acuerdo. El juez consideró acreditada la intervención de ambas, basándose en pruebas documentales y bancarias que reflejaron la participación económica y la gestión conjunta en la obra.

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Un peritaje incorporado al expediente determinó deficiencias en vigas, columnas y losas que comprometieron la estabilidad del inmueble. (Poder Judicial)
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La demanda por la obra en La Plata reclamó daños por retrasos, defectos estructurales y una ejecución que no cumplió estándares mínimos de seguridad. (Poder Judicial)

La resolución inicial ordenó el pago de 70 millones de pesos en concepto de indemnización por daño emergente y daño moral. El monto fijado se sustentó en informes periciales de arquitectos e ingenieros, quienes describieron una serie de fallas graves. Entre ellas, se señalaron problemas en la estructura de hormigón armado, columnas mal ejecutadas, deformaciones en vigas, armaduras expuestas y cubiertas incompletas. Además, se detectaron filtraciones, mampostería deficiente y falta de terminaciones esenciales.

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Uno de los aspectos centrales del debate judicial giró en torno a la extensión de la responsabilidad. Los demandados argumentaron que la reclamante no podía exigir reparación porque no firmó el contrato, y que la esposa del profesional solo recibió transferencias bancarias sin intervenir en la ejecución. La Cámara rechazó estos planteos, señalando que el daño recaía sobre el patrimonio común del matrimonio contratante, y que la recepción de fondos por parte de la codemandada evidenciaba una unidad de gestión profesional.

En su análisis, el tribunal consideró que el incumplimiento contractual afecta tanto a quien firma como a quienes resultan perjudicados en su proyecto de vida familiar. Citó el artículo 1716 del Código Civil y Comercial, que obliga a reparar el daño causado por la violación del deber general de no dañar, y subrayó que el objeto del contrato era la vivienda familiar, lo que justifica la legitimación de la reclamante.

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La sentencia incluyó indemnización por daño emergente y daño moral a partir de informes técnicos sobre columnas mal ejecutadas, filtraciones y mampostería deficiente. (Poder Judicial)
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La Cámara rechazó la falta de legitimación de la reclamante y sostuvo que el incumplimiento contractual afectó el patrimonio común del matrimonio. (Poder Judicial)

La Cámara también valoró la prueba indiciaria y la conducta procesal de los demandados. Se destacó que no ofrecieron explicaciones sobre los pagos recibidos ni aportaron evidencia que contradijera las transferencias registradas. Según se desprende del fallo, la codemandada no solo participó en la administración financiera sino que se benefició económicamente de los fondos destinados a la obra.

En cuanto a la responsabilidad solidaria, la sentencia invocó el artículo 461 del Código Civil y Comercial, que presume que las ganancias y pérdidas en el matrimonio derivan de actividades para el sostenimiento del hogar y la educación de los hijos. En este caso, la construcción de la vivienda se vinculó directamente a esa finalidad.

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El tribunal rechazó la idea de que el profesional quedara eximido de responsabilidad por el solo vencimiento del plazo contractual. La Cámara remarcó que los contratos deben ejecutarse de buena fe y que no puede interpretarse que el comitente asuma todos los riesgos y obligaciones mientras el constructor quede liberado sin haber cumplido con la entrega de la obra pactada.

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El tribunal consideró que la esposa del profesional integró una unidad de gestión en la obra porque recibió fondos y participó en la administración financiera. (Poder Judicial)

Las pericias resultaron determinantes en la confirmación de los daños. La arquitecta y el ingeniero designados detallaron que la ejecución mostró deficiencias técnicas, falta de planificación y ausencia de estudios previos fundamentales. La estructura, señalaron, presentaba numerosas patologías, desde fundaciones alteradas hasta cubiertas mal resueltas y escaleras que debían reconstruirse por completo.

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Los informes técnicos concluyeron que la vivienda era inhabitable y que parte de los arreglos sugeridos podían resultar antieconómicos frente a la necesidad de reconstrucción total de los sectores afectados. Entre las tareas recomendadas figuraron la protección de armaduras, reparación de elementos estructurales cortados, ejecución de dinteles y finalización de todos los rubros inconclusos.

Los jueces analizaron también las críticas de la defensa a las pericias. Los demandados alegaron que los expertos no realizaron estudios de alta complejidad y que la falta de colapso estructural eximía de responsabilidad. El tribunal desestimó estos argumentos, indicando que la ausencia de riesgo inminente no elimina la obligación de entregar una obra en condiciones óptimas.

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Las pericias detallaron que la ejecución mostró deficiencias técnicas, falta de planificación y ausencia de estudios previos fundamentales. (Poder Judicial)
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La estructura, señalaron, presentaba numerosas patologías, desde fundaciones alteradas hasta cubiertas mal resueltas y escaleras que debían reconstruirse por completo. (Poder Judicial)

En el plano jurídico, la sentencia recalcó la importancia de la carga dinámica de la prueba. Se sostuvo que quien recibe los fondos y administra la obra debe aportar elementos que aclaren el destino y la correcta aplicación de los recursos, más aún cuando existen indicios sólidos de deficiencias y de un manejo conjunto.

La Cámara destacó que la interpretación de los contratos debe atender la intención común de las partes y el principio de buena fe. En este caso, se consideró impropio que la parte contratante asumiera todos los costos y responsabilidades mientras el profesional se liberaba solo por el paso del tiempo.

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La decisión también abordó la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y el rechazo de los rubros de lucro cesante y daño punitivo por falta de prueba suficiente. El tribunal respaldó la cuantificación del daño emergente y moral, fijando los montos conforme a los valores sugeridos por los peritos.

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Las pericias concluyeron que la vivienda era inhabitable y advirtieron que algunos arreglos podían ser antieconómicos frente a la necesidad de reconstrucción. (Poder Judicial)
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La Cámara descartó que el vencimiento del plazo contractual liberara al constructor y ordenó el pago de intereses desde la fecha de la sentencia. (Poder Judicial)

Con relación a la conducta procesal, el fallo valoró la falta de colaboración de los demandados en la producción de prueba y la ausencia de explicaciones alternativas respecto de los hechos controvertidos. Esta actitud fue considerada relevante para rechazar las defensas planteadas.

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El tribunal concluyó que la suma fijada por daño emergente y moral resultaba adecuada de acuerdo con la gravedad de las deficiencias y el impacto en el proyecto familiar de la parte reclamante. La Cámara confirmó la condena solidaria y ordenó el pago de intereses desde la fecha de la sentencia.

Estuvieron juntos más de 18 años y, tras la separación, deberá pagarle a su ex mujer $172 millones en doce cuotas

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(Imagen Ilustrativa Infobae)

La Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora confirmó una compensación económica de 172 millones de pesos para una mujer tras 18 años de convivencia. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Después de más de 18 años de convivencia, una mujer recibirá 172 millones de pesos en doce cuotas, tras la decisión de una Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora que confirmó su derecho a una compensación económica por el desequilibrio patrimonial posterior a la separación. El tribunal validó el reclamo, aunque redujo a menos de la mitad el monto original fijado en primera instancia.

La controversia inició a raíz del reclamo presentado por una mujer contra su ex pareja, solicitando el reconocimiento de un desequilibrio económico luego del cese de la convivencia. En la demanda, la reclamante requirió una suma en dólares estadounidenses, aunque el fallo de primera instancia la convirtió a pesos argentinos. La sentencia original, dictada en 2024, reconoció la existencia de un desbalance patrimonial y ordenó al demandado pagar 260,5 millones de pesos, en cuotas y con actualización periódica.

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Ambas partes expresaron su disconformidad con esa decisión. El demandado cuestionó la procedencia de la compensación, alegando que no existía un verdadero desequilibrio ni pruebas suficientes sobre postergación personal o profesional de la reclamante. Además, argumentó que la sentencia no había valorado adecuadamente pruebas que demostrarían que la mujer desarrolló actividades laborales y emprendimientos propios, tenía vivienda y cobertura médica, y que los hijos residían a su cargo. También señaló que el monto fijado resultaba excesivo y solicitó, en caso de confirmarse el derecho a compensación, que el cálculo se ajustara al salario mínimo vital y móvil.

Una mano masculina con anillo plateado y manga azul se acerca a una mano femenina con dos anillos dorados y fondo claro, las yemas de sus dedos se tocan.
El fallo redujo el monto original de 260,5 millones de pesos fijado en primera instancia y mantuvo el pago en doce cuotas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

En tanto, la reclamante manifestó que el fallo había convertido de oficio su pretensión de dólares a pesos, apartándose del objeto del reclamo sin fundamentar el criterio de conversión. Según ella, esta decisión implicaba un apartamiento indebido respecto a lo solicitado y no contemplaba la depreciación monetaria ocurrida desde la promoción de la demanda. También objetó el régimen de pago en cuotas y solicitó que el monto se estableciera en dólares estadounidenses o, subsidiariamente, en una suma equivalente al valor del dólar MEP, con intereses desde la fecha de inicio del reclamo y pago en una sola vez.

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El expediente fue elevado a la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, que analizó tanto los planteos de las partes como la prueba reunida. Según la resolución, el tribunal consideró que el instituto de la compensación económica, introducido por el Código Civil y Comercial de la Nación, tiene como objetivo corregir las desigualdades materiales que pueden surgir tras la ruptura de una convivencia, sobre todo en situaciones donde uno de los miembros queda en desventaja para proyectar su autonomía económica.

La sentencia de Cámara destacó que, para que proceda la compensación, debe verificarse el fin de la convivencia, un desequilibrio económico manifiesto y que ese deterioro derive de la vida en común y su ruptura. El tribunal evaluó la evolución patrimonial de ambas partes antes, durante y después de la relación, considerando las pruebas testimoniales y documentales aportadas.

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Un hombre y una mujer sentados frente a frente en una mesa de madera oscura, concentrados en firmar documentos legales con bolígrafos. Una lámpara de escritorio y un reloj están entre ellos.
La Cámara evaluó que la compensación económica prevista en el Código Civil y Comercial busca corregir desigualdades materiales tras la ruptura de una convivencia. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los jueces fundamentaron su decisión en que, aunque el demandado sostuvo que la reclamante mantenía independencia económica, la prueba reunida demostró la existencia de una brecha patrimonial y restricciones para su reinserción laboral. El tribunal sostuvo: “Se ha demostrado que existe un desequilibrio en la capacidad de generar ingresos; puesto que la accionante no cuenta con suficientes herramientas que la habiliten para insertarse rápidamente en el ámbito laboral y generar recursos de entidad”.

La Cámara también consideró la ausencia de una tasación precisa sobre los bienes del demandado, lo que imposibilitó convalidar la suma original de más de 260 millones de pesos. Por ello, aplicó un criterio de prudencia y equidad, tomando en cuenta la duración de la unión y la situación económica de ambos, para fijar el monto en 172 millones de pesos.

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Con relación al modo de pago, los jueces entendieron que la modalidad en cuotas resultaba razonable “en el contexto económico actual que atraviesa nuestro país”. Sobre las costas, se impusieron al demandado en su carácter de vencido, tanto en primera instancia como en la alzada.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
Los jueces concluyeron que la prueba acreditó una brecha patrimonial y restricciones para la reinserción laboral de la mujer después de la separación. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Uno de los puntos discutidos fue la conversión de la pretensión de dólares a pesos. La reclamante había solicitado el pago en moneda extranjera, pero la sentencia mantuvo la conversión a pesos, al considerar que no se había acreditado la necesidad de mantener el reclamo en dólares y que correspondía a la jurisdicción definir la modalidad de cumplimiento más adecuada.

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Los magistrados también analizaron la flexibilidad probatoria en los procesos de familia, señalando que la colaboración y solidaridad entre las partes resulta clave para reconstruir los hechos, sobre todo en situaciones donde la prueba es difícil de obtener. Aun reconociendo que la demandante no probó de manera concluyente la frustración de su carrera profesional, el tribunal sostuvo que existían elementos suficientes para acreditar el impacto negativo de la ruptura en su situación económica.

La resolución hizo referencia a informes socioambientales que daban cuenta de problemáticas familiares, aunque aclaró que la compensación económica no constituye una indemnización por sacrificios ni un reconocimiento de daño moral, sino que procura restablecer cierto equilibrio patrimonial.

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Libro de leyes abierto, mazo de juez de madera y metal dorado sobre escritorio de madera oscura y brillante. Al fondo, pila de libros y una toga negra.
El tribunal descartó convalidar la suma original por la falta de una tasación precisa de los bienes del demandado y aplicó un criterio de prudencia y equidad. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El fallo de la Cámara confirmó la sentencia de fondo, aunque redujo la suma reconocida, ajustándola a los parámetros probatorios disponibles. El tribunal subrayó que la compensación económica no puede transformarse en un mecanismo de enriquecimiento ni en una pena para una de las partes, sino que debe guardar proporción con la evidencia reunida y la realidad de los involucrados.

El fallo ratificó que la compensación económica no es automática, sino que requiere la acreditación concreta de un desbalance generado por la convivencia y su posterior ruptura, y que la cuantía debe ser estimada con criterios de objetividad y prudencia.

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Por qué la figura de Mao sigue tan vigente en China 50 años después de su muerte

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“Hay muchos grandes hombres, pero solo hay un Maestro.”

Así es como muchos jóvenes chinos se refieren habitualmente al difunto líder Mao Zedong en internet: “Maestro”.

Una búsqueda de “Mao Zedong” o “Maestro” en la red social china Bilibili arroja decenas de ejemplos de recopilaciones de videos de las apariciones de Mao extraídas de diversas películas y series de televisión.

Estos videos abarcan diferentes etapas de la vida de Mao, incluyendo episodios de su juventud, su época como comandante militar y su liderazgo en las relaciones de China con Estados Unidos y la Unión Soviética durante la Guerra Fría.

Muchos han acumulado millones de visualizaciones y decenas de miles de comentarios, entre ellos elogios como “¡Viva el gran hombre!”.

La base de usuarios de Bilibili es predominantemente joven, con casi el 60% de ellos con edades comprendidas entre 18 y 24 años.

¿Por qué, 50 años después de su muerte, Mao ha resurgido con tanta fuerza en la cultura juvenil china en internet?

Un Mao diferente

Como figura política clave de la China del siglo XX, Mao dirigió el Partido Comunista (PCCh) —y el país— desde la fundación de la república en 1949 hasta el día de su muerte en 1976.

Lideró a China durante el Gran Salto Adelante y la Revolución Cultural, campañas que transformaron la economía y la sociedad del país, pero a costa de millones de muertes.

Una de las personas que se sienten atraídas por él hoy en día es Dong, una estudiante de Nanjing que está a punto de comenzar la universidad.

Recientemente, le conmovió un video de dos jóvenes cantando una canción patriótica frente a una estatua gigante del joven Mao en la Isla Naranja de Changsha.

“Cantaban con tanta emoción, y la estatua es tan alta y juvenil. Al verla, de repente me emocioné mucho”, relató Dong a la BBC.

Muchos de sus compañeros de clase participan en comunidades juveniles virtuales donde debaten sobre temas de actualidad, comúnmente conocidas como el “círculo de política de teclado”.

Otro indicador de esta tendencia es que, a partir de 2019, “Obras escogidas de Mao Zedong” se convirtió inesperadamente en el libro más prestado en la biblioteca de la Universidad Tsinghua, y siguió siéndolo cada año hasta 2025.

El interés de los jóvenes actuales por Mao difiere de la narrativa pública con la que crecieron sus padres.

En 1981, el PCCh adoptó una resolución redactada bajo el liderazgo de Deng Xiaoping que establecía oficialmente una evaluación de Mao que sopesaba sus logros con sus errores, a menudo resumida como “70% logros, 30% errores”.

Durante los mandatos de Deng Xiaoping y, posteriormente, de Jiang Zemin, los retratos de Mao desaparecieron gradualmente de las estaciones de tren, las plazas y las aulas escolares.

La gente empezó a ver a Mao cada vez más como una figura histórica en lugar de una deidad. Un hombre con limitaciones.

Mientras tanto, Deng se convirtió en un símbolo de una nueva era económica, con un programa de reformas para construir una economía de mercado en el país y abrirla al mundo.

Sin embargo, hoy en día Mao ha recuperado relevancia para los jóvenes chinos y muchos, incluida Dong, rara vez se refieren a él por su nombre, llamándolo en cambio “Maestro”.

Una fotografía en blanco y negro de dos hombres mayores, vestidos con sobriedad, de pie uno al lado del otro: a la izquierda, un hombre caucásico; a la derecha, el líder chino Mao Zedong.
Se cree que el estadounidense Edgar Snow fue el primer periodista occidental en entrevistar a Mao.

Ese apodo tiene un origen específico.

Durante una reunión con el periodista estadounidense Edgar Snow en 1970, Mao comentó que no le gustaban títulos como el de los “Cuatro Grandes” —un eslogan político utilizado para elogiarlo como un gran maestro, líder, comandante y timonel durante la Revolución Cultural— y dijo: “Solo queda uno… maestro, porque siempre he sido un maestro”.

Dong y sus compañeros opinan libremente sobre Mao.

Pero cuando se trata del actual líder chino, Xi Jinping, Dong opina que “no es algo que se pueda discutir abiertamente”.

Una investigación del Instituto Mercator de Estudios sobre China reveló que, si bien el espacio en internet de China todavía permite cierto grado de debate público, a menudo se evitan conscientemente los temas que realmente afectan a las autoridades actuales.

El informe sostiene que este “espacio frágil para el debate” es el resultado tanto de la censura como de la autocensura.

“No es simple nostalgia”

En opinión de algunos expertos, el renovado interés que algunos jóvenes muestran por Mao está estrechamente ligado a su percepción de cuestiones sociales como la desigualdad económica y el declive de la movilidad social.

Florian Schneider, profesor de la Universidad de Leiden que lleva mucho tiempo estudiando la cultura política de la juventud china, afirma que los jóvenes de hoy se enfrentan a una realidad muy diferente a la de generaciones anteriores.

Sus padres vivieron una época en la que el crecimiento económico parecía elevar el nivel de vida de todos, mientras que muchos jóvenes ahora se sienten rezagados por el progreso prometido por las reformas de Deng.

La tasa de desempleo urbano para aquellos de entre 16 y 24 años que no son estudiantes aumentó a 17,9% en julio de este año, el nivel más alto desde que se revisó la metodología estadística tres años atrás, según la Oficina Nacional de Estadística de China.

Nuevos términos se han incorporado al vocabulario cotidiano de los jóvenes.

“996” se refiere a trabajar de 9 de la mañana a 9 de la noche, seis días a la semana.

Muchos optan por “quedarse quietos” y mantenerse pasivos en lugar de verse atrapados en la agotadora “involución”, donde hay que trabajar cada vez más solo para permanecer en el mismo lugar.

Fotografía nocturna del horizonte de una ciudad que combina edificios modernos y tradicionales, todos iluminados con luces brillantes y coloridas; debajo se puede ver a multitudes de peatones en una calle concurrida.
A pesar del rápido crecimiento económico de las últimas décadas, algunos jóvenes chinos afirman que tienen dificultades para encontrar trabajo y costearse una vivienda.

En este contexto, las críticas de Mao al capitalismo resuenan entre algunos jóvenes.

Schneider afirma que algunos utilizan las ideas de Mao para expresar su descontento con lo que consideran la “apropiación del Estado por parte del capital”, mientras que otros interpretan los escritos de Mao como una especie de guía para afrontar las contradicciones de la vida.

Dong expresa una opinión similar: “A nuestra generación nos enseñaron desde pequeños que el trabajo duro sería recompensado. Pero cuando crecimos, descubrimos que no era tan fácil conseguir trabajo y que las viviendas eran inasequibles”.

La estudiante añade que el lenguaje de Mao es directo y divide a las personas en diferentes categorías.

“Te explica claramente quién es el opresor y quiénes son los oprimidos. Ese esquema sencillo es más fácil de entender que la jerga económica”.

Schneider asegura que “el resurgimiento de Mao no es simplemente nostalgia”.

“Refleja un intento de los jóvenes por utilizar un lenguaje histórico ya existente para nombrar y procesar la desigualdad y la inseguridad que experimentan”, agrega.

Energía política

La valoración oficial del PCCh sobre Mao sigue basándose en la resolución de 1981: los logros de Mao son primordiales, mientras que sus errores son secundarios.

La tercera resolución histórica del Partido, adoptada en 2021, sitúa la “gran revitalización de la nación china” en el centro de su discurso.

En este contexto, la revolución de Mao se suele entender como la etapa en la que China se puso de pie, estableció la República Popular, salvaguardó la independencia nacional y sentó las bases para la revitalización del país.

Por lo tanto, Mao no es solo una figura histórica cuyos logros y fracasos deben evaluarse, sino que también se lo presenta como uno de los orígenes de las narrativas actuales sobre la fortaleza nacional.

Una mujer despliega y sostiene un póster gigante de un Mao de gran tamaño, con luz que emana de su cabeza; debajo se puede ver la Puerta de Tiananmen y personas con uniformes militares.
En algunas zonas turísticas se venden carteles de Mao con motivo del 50 aniversario de su muerte, que se conmemoró el 9 de septiembre.

Schneider cree que “las políticas educativas del Partido tienen al menos parte de la responsabilidad del resurgimiento de Mao en la actualidad”.

“Para muchos jóvenes, la China de Mao se basa en una fantasía en la que este gran líder es un héroe indiscutible”, explica.

El experto sostiene que muchos jóvenes desconocen las devastadoras realidades del Gran Salto Adelante y la Revolución Cultural, o bien tienen una comprensión distorsionada del papel de Mao en ellas.

Advierte, además, que esta admiración popular por Mao encierra más energía política de la que puede parecer a simple vista.

“Se trata de un acontecimiento potencialmente explosivo, porque esta cultura de seguidores de Mao, surgida desde la base, tiene un carácter claramente populista y no necesariamente se limitará a cuestionar los métodos de gobierno actuales”.

Y lo compara con las expresiones de nacionalismo en China: “Estos sentimientos populistas pueden ser censurados hasta cierto punto, pero controlarlos por completo es extremadamente difícil”.

Para Dong y sus contemporáneos, la actual “fiebre por Mao” podría estar lejos de terminar.

Aún está por verse si se limita a la cultura de internet o si se convierte en una forma más duradera de identidad política.

Este artículo fue escrito originalmente en inglés y usamos una herramienta de inteligencia artificial para traducirlo. Periodistas de la BBC revisaron el texto antes de su publicación. Más información sobre cómo usamos IA.

Una enfermedad llamada ‘goyitis’

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No figura en la RAE. Pero los expertos del arte conocen perfectamente su significado. G oyitis es el mal que sufren muchos propietarios cuando buscan una atribución de autoría para sus cuadros. El nombre del de Fuendetodos “aparece con sospechosa frecuencia”, asegura María Antonia Argelich, directora del Centre d’Art d’Època Moderna de la Universitat de Lleida (Caem), dedicado al estudio y la certificación de obras de arte. “No es raro que un propietario se pregunte si ese cuadro heredado, que ha estado durante generaciones en una casa familiar, podría ser, quizá, un Goya”. Y advierte: “Casi nunca lo es”.

Andrés Úbeda, jefe de Colección de Pintura del Siglo XVIII y Goya del Museo del Prado, coincide. “Cada uno tiene la voluntad de poseer más de lo que realmente tiene y Goya es un pintor que resulta particularmente propicio para este tipo de especulaciones”. Por varios motivos. “Tuvo una vida muy larga y prolífica y su obra es muy variada desde el punto de vista estilístico y técnico”.

En este sentido, Argelich advierte que ante una obra de cierta calidad, es fácil pensar que pueda ser de su autoría “si a él recuerda”. Ahora bien, casi siempre se trata de “errores de atribución, de ilusiones acumuladas o, en ocasiones,
de intervenciones interesadas”, añade. El dato del Caem resulta revelador: de los cerca de 40 posibles Goya estudiados en los últimos ocho años, solo tres resultaron ser obras del pintor aragonés. “Una persona con intenciones capciosas puede preguntarse: ‘¿Si a esto que parece un Goya le inserto una firma falsa, cuántos pueden caer?’”. Porque, no nos engañemos: tener un cuadro del aragonés en el comedor de casa es sinónimo de poseer unos cuantos millones de euros colgados en la pared.

¿Cuántas obras de calidad permanecen hoy mal atribuidas, ocultas tras cuatro letras demasiado poderosas?”

María Antonia Argelich

Directora del Centre d’Art d’Època Moderna de la Universitat de Lleida

Con el cronómetro ya en marcha para la celebración, en el 2028, del bicentenario de la muerte del pintor de El tres de mayo en Madrid , la goyitis puede convertirse en epidemia. “Quedan Goya por descubrir y quedan Goya importantes en colecciones privadas”, advierte Úbeda. No obstante, la mayoría de pinturas que aparezcan se acabarán atribuyendo, con suerte, a contemporáneos del gran maestro español o a pintores posteriores afines a su obra, los llamados románticos de la veta brava madrileña.

Francisco Bayeu y Subías, retratado por Goya.

Francisco Bayeu y Subías, retratado por Goya.Dominio Público

“¿Cuántas obras de calidad permanecen hoy mal atribuidas, ocultas tras cuatro letras demasiado poderosas?”, se pregunta la directora del Caem. “El problema quizá no sea solo de atribución, sino también de visibilidad”, y aboga por realizar “campañas de promoción que permitan devolver al relato de la historia del arte a tantos buenos pintores que, sin culpa alguna, han vivido a la sombra de Goya”.

A pesar de la goyitis imperante en el mercado español, Artur Ramon, propietario de la galería de arte barcelonesa, señala que “empiezan a aparecer brotes verdes en la pintura del siglo XVIII y principios del XIX más allá de Goya”. Para el galerista y experto en arte, la ley de la oferta y la demanda tiene algo que ver con el cambio de paradigma. “Si no hay suficientes Goya, buscas otros autores”, señala. Museos internacionales, especialmente norteamericanos y anglosajones, “quieren completar sus discursos de este periodo, bien cubierto con artistas franceses o italianos, introduciendo la pintura de Vicente López o los Bayeu”, ejemplifica. “Hay vida más allá de Goya”.

Goya ha oscurecido la presencia de otros muchos contemporáneos, algunos de los cuales son artistas de muchísimo mérito”

Andrés Úbeda

Jefe de Colección de Pintura del Siglo XVIII y Goya del Museo del Prado

“Goya ha oscurecido la presencia de otros muchos contemporáneos, algunos de los cuales son artistas de muchísimo mérito”, reconoce Úbeda. Es el caso, por ejemplo, de Luis Paret, a quien el Prado dedicó recientemente una exposición que lo presentaba como “el contramodelo de Goya por su biografía y su obra pictórica”. El museo, además, ha inaugurado nuevas salas dedicadas al siglo XVIII que ofrecen un mayor protagonismo a los otros pintores. “El periodo está siendo rehabilitado, incluso ese primer tercio del siglo XIX. Se está revisando la historia con trazos más finos y más ajustados a la realidad. Antes solo se destacaba a un personaje, que es el propio Goya”, argumenta.

Varios de estos otros pintores están protagonizando exposiciones, como es el caso de Francisco Bayeu, cuñado del artista aragonés. “Fue el gran maestro, y su obra quizá es mejor que la del propio Goya en sus inicios”, valora Artur Ramon. “Pero sus cuadros valen mucho menos. Goya es igual a marca”. Como ejemplo, Durán Subastas vendió en el 2025 un san Mateo y san Lucas de Bayeu por 17.000 euros. Mientras que Goya ha alcanzado el récord de 16,4 millones de dólares por los retratos de Doña María Vicenta Barruso Valdés y de su madre, Doña Leonora Antonia Valdés de Barruso, en el 2023 en Christie’s.

Autorretrato vestido de azul, de Luis Paret y Alcázar.

Autorretrato vestido de azul, de Luis Paret y Alcázar.Dominio Público

La cifra, con todo, sigue siendo baja para un old master de su categoría, según el galerista. “Hace unas semanas estuve en una subasta en Londres en la que se vendió un Rembrandt joven por 20 millones de euros”, compara. Para Ramon, esta baja cotización del gran maestro de la pintura española se debe a las “dudas y sombras” sobre su obra: desde la dificultad de que los expertos alcancen un consenso sobre su autoría hasta algunas desatribuciones, como la sonada de El   coloso , pasando por la restrictiva ley del Patrimonio Histórico Español, que prohíbe la salida del país de bienes de interés cultural (BIC).

“El mercado, sobre todo en el caso de los old masters , no quiere inseguridad, y Goya es visto como una bandera roja”, revela el galerista. “Para empezar, no es fácil encontrar un Goya, pero después hay el problema de que no puede salir de España, lo que provoca que como mínimo el valor de la obra caiga un 50%”, asegura. Para Úbeda, la ley “es muy proteccionista porque pone trabas a la libre exportación. Sería partidario de que cada Goya sea examinado individualmente y tomar una postura por cada una de las obras”. Porque no todos los Goya valen lo mismo, pero ¿quién no querría tener uno en casa?

Sílvia Colomé da Silva

Redactora jefa de Gente y Media. Antes, de Cultura, Última Hora y responsable de Vídeos. Autora de libros como 'Florencia a través de sus personajes' o 'La llegenda del Carreró'

Se fracturó un hombro al caerse en las escaleras de un túnel peatonal: la Justicia culpó al municipio, pero le quitó parte de la indemnización

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Se fracturó un hombro al caerse en las escaleras de un túnel peatonal: la Justicia culpó al municipio, pero le quitó parte de la indemnización

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín confirmó la condena contra una municipalidad del oeste del Gran Buenos Aires por falta de mantenimiento en una escalera pública. Imagen del informe pericial. (Poder Judicial)

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín confirmó la condena contra una municipalidad de la zona oeste del Gran Buenos Aires por falta de mantenimiento en una escalera pública, tras el accidente sufrido por una vecina de 67 años que descendía por un túnel peatonal. La sentencia ajustó los términos indemnizatorios y modificó algunos aspectos vinculados a los intereses y los alcances de la garantía del seguro.

Según se desprende de la resolución, la demandante sostenía que, el 20 de abril de 2017, aproximadamente a las 18.30, tropezó y cayó por varios escalones debido al mal estado de uno de los peldaños, lo que provocó una fractura en el hombro derecho. Fue asistida en un hospital interzonal, donde permaneció inmovilizada durante cuarenta y cinco días.

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En primera instancia, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.° 1 de Morón hizo lugar al reclamo de la vecina, condenando solidariamente a la municipalidad y a la aseguradora a pagar sumas por incapacidad y daño moral, incluidas actualizaciones e intereses. La comuna y la compañía de seguros recurrieron la sentencia, cuestionando tanto la atribución de responsabilidad como los montos fijados.

Se fracturó un hombro al caerse en las escaleras de un túnel peatonal: la Justicia culpó al municipio, pero le quitó parte de la indemnización
La vecina denunció que cayó por varios escalones de un túnel peatonal el 20 de abril de 2017 y sufrió una fractura en el hombro derecho. Imagen del informe pericial. (Poder Judicial)
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El Juzgado Contencioso Administrativo n.° 1 de Morón había condenado en primera instancia a la municipalidad y a la aseguradora por incapacidad y daño moral. Imagen del informe pericial. (Poder Judicial)

La defensa municipal alegó que no existía certeza sobre el lugar exacto del incidente y argumentó que las escaleras son objetos inertes, por lo que el accidente no podía imputarse a una falla municipal. Además, sostuvo que la pericia de ingeniería realizada años después no detectó desperfectos en la estructura ni varillas sobresalientes.

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En tanto, la aseguradora sostuvo que la suma fijada por incapacidad resultaba excesiva respecto de la minusvalía, y que el daño moral no había sido reclamado ni probado durante el proceso. También objetó las tasas de interés aplicadas y la actualización del límite de cobertura de la póliza.

La Cámara analizó la prueba reunida y confirmó que la responsabilidad estatal por falta de servicio es de carácter objetivo. En este sentido, consideró que la municipalidad tenía la obligación de mantener en condiciones adecuadas los bienes de dominio público bajo su jurisdicción, como las escaleras del túnel donde ocurrió la caída.

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Se fracturó un hombro al caerse en las escaleras de un túnel peatonal: la Justicia culpó al municipio, pero le quitó parte de la indemnización
La Cámara sostuvo que la responsabilidad estatal por falta de servicio es objetiva cuando la municipalidad no mantiene en condiciones los bienes de dominio público. Imagen del informe pericial. (Poder Judicial)
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Los testigos presenciales y las fotografías respaldaron que uno de los escalones del túnel peatonal presentaba un metal doblado y en mal estado. Imagen del informe pericial. (Poder Judicial)

El tribunal valoró especialmente las declaraciones de dos testigos presenciales, quienes relataron cómo la reclamante cayó en la escalera y debió ser auxiliada. Una de ellas describió que el metal al final de los escalones se encontraba “doblado y en mal estado”, lo que coincidía con las fotografías aportadas por la demandante.

El informe pericial médico determinó que la vecina sufrió una fractura en el húmero derecho, provocando una incapacidad física parcial y permanente del 10 por ciento. El perito ingeniero, en tanto, realizó su evaluación en 2023, más de seis años después del hecho, cuando ya se habían efectuado remodelaciones y el acceso al túnel se hallaba vallado.

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De acuerdo con la Cámara, el dictamen de ingeniería tenía un valor limitado para reconstruir el estado de las escaleras en 2017, y no resultaba suficiente para desvirtuar las pruebas testimoniales y documentales que acreditaban la falta de mantenimiento al momento del accidente.

Se fracturó un hombro al caerse en las escaleras de un túnel peatonal: la Justicia culpó al municipio, pero le quitó parte de la indemnización
El peritaje médico estableció una incapacidad física parcial y permanente del 10 por ciento por la fractura de húmero derecho sufrida en la caída. Imagen del informe pericial. (Poder Judicial)
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La Cámara revocó la indemnización por daño moral porque la demandante no la reclamó de forma específica ni presentó prueba para acreditarla. Imagen del informe pericial. (Poder Judicial)

La sentencia del tribunal de apelaciones precisó que la demandante no incluyó entre sus reclamos el daño moral, ni desarrolló los sufrimientos que lo habrían configurado, ni ofreció prueba dirigida a acreditarlo. Por esta razón, la Cámara revocó la condena por daño moral y dejó sin efecto la suma de 1.500.000 pesos fijada en concepto de ese rubro.

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En cuanto a la indemnización por incapacidad, la Cámara confirmó el monto de 4.500.000 pesos fijado en primera instancia, al considerar que no resultaba excesivo si se tenía en cuenta el porcentaje de incapacidad, el tipo de lesión y las circunstancias personales de la reclamante.

Sobre los intereses, la resolución modificó el criterio del juzgado de grado y aplicó la doctrina de la Suprema Corte bonaerense: al monto indemnizatorio se le aplicará un interés puro del 6 por ciento anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia de primera instancia, y luego la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para depósitos a plazo fijo a treinta días.

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Se fracturó un hombro al caerse en las escaleras de un túnel peatonal: la Justicia culpó al municipio, pero le quitó parte de la indemnización
La sentencia confirmó la indemnización por incapacidad, modificó el cálculo de intereses y dispuso que la aseguradora responda según el límite de cobertura actualizado de la póliza. Imagen del informe pericial. (Poder Judicial)

Respecto al límite de cobertura de la aseguradora, la Cámara resolvió que la condena contra la aseguradora opera dentro de los límites del contrato de seguro, pero que estos deben readecuarse al valor real y actual de la garantía comprometida, conforme los parámetros fijados por la Suprema Corte provincial para evitar que la suma asegurada pierda sentido ante la desvalorización monetaria.

La municipalidad deberá responder por cualquier suma que eventualmente supere el límite actualizado de la póliza. De acuerdo con la resolución, esta interpretación busca equilibrar la protección de los damnificados y la finalidad social del seguro, evitando que se consagre un enriquecimiento indebido en favor de la aseguradora.

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La Cámara también impuso las costas del proceso de apelación en el orden causado, debido al progreso parcial y recíproco de ambos recursos, y difirió la regulación de honorarios para una etapa posterior.

Encontrado un Goya desconocido que se escondía bajo la firma de su cuñado

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“Estas cosas solo suceden una vez en la vida”. El anticuario barcelonés Artur Ramon todavía recuerda ese día del 2018 en el que asistió a una subasta en Madrid, algo habitual en su trabajo. Y un cuadro le llamó la atención: un óleo sobre lienzo de temática religiosa de apenas 51,5 x 38,5 cm de Francisco Bayeu, pintor de cámara de Carlos III y Carlos IV y uno de los artistas más influyentes del Madrid del último tercio del siglo XVIII. No fue el único a quien la obra le sorprendió. Otro anticuario sintió el mismo flechazo. “Entró un competidor mío de Madrid, y me di cuenta de cómo disimulaba tras ver el cuadro”. Decidieron adquirirla conjuntamente. Solución diplomática entre caballeros.

Y llegó la pandemia. Sobraba tiempo para recrearse en esos detalles que el ritmo vertiginoso del día a día obliga a obviar. Fue así como Ramon empezó a detectar que esa pequeña joya de Bayeu “parecía demasiado buena para ser de su autoría”. “Me he equivocado más veces que no he acertado”, reconoce con humildad. En cambio, esa vez su intuición dio en el clavo.

'El milagro de la aparición de la Eucaristía a San Pascual Bailón' de Goya 

'El milagro de la aparición de la Eucaristía a San Pascual Bailón' de Goya Artur Ramon Art

El Bayeu resultó ser un Goya. La confusión no era, sin embargo, descabellada. Bayeu, también aragonés y miembro destacado de una saga de pintores, fue el gran mentor y protector del genio de Fuendetodos en Madrid, donde se integró en su taller. Incluso acabaron emparentados tras la boda del autor de las majas en 1773 con Josefina, la hermana pequeña de su preceptor.

La pintura había permanecido en colecciones particulares y forma parte de una serie de santos que el artista pintó en la década de 1780

 El milagro de la aparición de la eucaristía a san Pascual Bailón, nombre completo de la obra, puede presumir de otros dos milagros: su excelente estado de conservación y una atribución respaldada por los máximos expertos en Goya, un consenso académico difícil de conseguir. “La atribución es diáfana, lo que es rarísimo”, apunta Ramon. La pintura ha sido estudiada por el Museo del Prado y Manuela Mena, quien fuera jefa de Conservación de Pintura del siglo XVIII y de Goya de la institución. “Es una persona muy rigurosa por cuyas manos han pasado cientos de posibles Goyas, y solo ha dado como buenos a una decena de ellos. Aunque tenga un 1% de dudas, no firma la atribución”, sostiene.

Cien años de una galería de referencia

En octubre de 1926, Artur Ramon i Vendrell se anunciaba como anticuario en la revista L’Amic de les Arts. Esta efeméride marca el centenario de una galería de arte que empezó en Reus, siguió en Sitges y se estableció en Barcelona en 1942. Primero, en la calle de la Palla y ahora en la calle Bailén. Artur Ramon Art, que ya ha llegado a la quinta generación, conmemorará el aniversario con la inauguración de una exposición el 27 de octubre que reunirá una treintena de obras muy seleccionadas “que explican lo que somos”, según detalló Artur Ramon. El Goya El milagro de la aparición de la Eucaristía a San Pascual Bailón compartirá protagonismo con obras de Picasso, Zurbarán, Ribera, Meléndez, Casas o Barceló. La conmemoración se completará con la publicación del libro La pervivència d’una mirada sobre la historia de la saga de anticuarios y la evolución del coleccionismo en Catalunya.

La pintura había permanecido en colecciones particulares, y forma parte de una serie de santos que Goya pintó en los primeros años de la década de 1780, tras su fructífera estancia en Roma. El viaje marcó un punto de inflexión en su pintura, que empezó a alejarse del clasicismo académico de Bayeu. Se cree que fueron encargos de particulares que llevaban el nombre de los santos representados. Se conocen algunos ejemplos, como Visión de san Antonio Abad o Muerte de san Francisco Javier. 

Pastor de cabras y luego franciscano, el también aragonés Pascual Baylón vivió en la segunda mitad del siglo XVI. Su vida cambió cuando se le apareció la imagen de Jesucristo en la eucaristía. La tradición popular explicaba su apellido asegurando que bailaba de felicidad cuando rezaba, algo que no muestra Goya, aunque sí pintó la piedra con la que hizo brotar agua para los pobres, uno de sus varios milagros, como la multiplicación del pan para los más necesitados.

La atribución está respaldada por los máximos expertos en Goya, un consenso académico difícil de conseguir

No hubo pan cuando los anticuarios cerraron la adquisición de la obra, pero sí multiplicación. La casa de subastas les ofreció por sorpresa comprar la pareja del cuadro, otro santo de Bayeu que también resultó ser de Goya. Mientras que Artur Ramon se quedó con san Pascual Bailón, su competidor se llevó un san Francisco que todavía conserva en su propiedad.

La importancia de ambos Goya queda también reflejada en su declaración como bienes de interés cultural, que impide su exportación. Ambos serán una de las sorpresas de la gran exposición que el Prado prepara para el bicentenario de la muerte de Goya, en el 2028, dedicada a su obra religiosa y anticlerical. Antes, El milagro de la aparición de la eucaristía a san Pascual Bailón se podrá ver en Barcelona, en la exposición del centenario de la galería Artur Ramon, que se inaugurará en octubre. “He esperado el momento adecuado para enseñarlo. Encontrar obras como esta da sentido a mi trabajo”.

Sílvia Colomé da Silva

Redactora jefa de Gente y Media. Antes, de Cultura, Última Hora y responsable de Vídeos. Autora de libros como 'Florencia a través de sus personajes' o 'La llegenda del Carreró'

Elecciones en el Consejo de la Magistratura: este lunes cierra el plazo para presentar las listas de abogados

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Este lunes vence el plazo para presentar las listas que competirán por los cuatro lugares de la abogacía en el Consejo de la Magistratura; la elección será el 20 de octubre en todo el país

Este lunes vence el plazo para presentar las listas que competirán por los cuatro lugares de la abogacía en el Consejo de la Magistratura; la elección será el 20 de octubre en todo el país

Este lunes 14 de septiembre, a las 13.30, vencerá el plazo para presentar las listas que competirán por los cuatro lugares reservados a la abogacía en el Consejo de la Magistratura de la Nación. La elección se realizará el 20 de octubre en todo el país y definirá a los representantes titulares y suplentes del sector para el período 2026-2030.

Los cuatro cargos que se pondrán en juego forman parte de un Consejo integrado por 20 miembros, que interviene, entre otras funciones, en la selección de candidatos a jueces nacionales y federales y en el tratamiento de denuncias disciplinarias contra magistrados. Además de los representantes de la abogacía, lo componen el presidente de la Corte Suprema, cuatro jueces, ocho legisladores nacionales, un representante del Poder Ejecutivo y dos del ámbito académico y científico.

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Actualmente, la representación de los abogados está en manos de Jimena de la Torre, María Fernanda Vázquez, César Grau y Alberto Maques, cuyos lugares serán los que se renueven en la elección de octubre.

Para elegir a sus sucesores está convocado un padrón de alrededor de 180 mil abogados y abogadas con matrícula federal. En agosto, la Junta Electoral informó que el registro provisorio reunía 183.736 electores distribuidos en 96 lugares de votación. La elección se organiza como un distrito único nacional, es decir, los votos emitidos en las distintas provincias y en la Ciudad de Buenos Aires se computarán dentro de una misma elección para distribuir los cuatro cargos.

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El sufragio será individual, personal, voluntario y secreto. Podrán votar quienes integren el padrón definitivo y cada elector deberá hacerlo en la mesa en la que figure inscripto. La jornada se desarrollará de 9 a 18 y cada votante elegirá una de las listas oficializadas.

Consejo de la Magistratura
Un padrón de alrededor de 180 mil abogados con matrícula federal elegirá a los cuatro representantes del sector ante el Consejo de la Magistratura, el organismo que interviene en la selección de jueces y en los procesos disciplinarios que pueden derivar en su remoción

Antes de llegar a esa instancia, las agrupaciones deberán superar el primer límite del calendario: el cierre de candidaturas del lunes. Cada lista debe presentar cuatro candidatos titulares y sus respectivos suplentes. Entre los titulares tiene que haber por lo menos dos mujeres, al menos dos abogados de la matrícula federal del interior del país y como mínimo uno de la Ciudad de Buenos Aires. La nómina completa debe respetar además la alternancia de género.

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También deberán acompañar el respaldo de al menos 1.000 abogados incluidos en el padrón, domiciliados en un mínimo de cinco jurisdicciones correspondientes a diferentes Cámaras Federales de Apelación. Un mismo adherente no puede avalar más de una lista. La documentación deberá presentarse personalmente, a través de los apoderados o de alguno de los candidatos, en la sede de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), en Avenida de Mayo 651.

Uno de los temas que atravesó la previa fue la discusión por la reelección de actuales integrantes del Consejo. Jimena de la Torre y María Fernanda Vázquez habían promovido un planteo judicial para que se definiera si podían volver a postularse y qué régimen de reelección correspondía aplicarles. De la Torre desistió posteriormente de esa acción, mientras que Vázquez sostuvo el reclamo.

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Consejo de la Magistratura
María Fernanda Vázquez, actual representante de la abogacía en el Consejo de la Magistratura, mantuvo el planteo judicial para que se defina qué régimen corresponde aplicar a una eventual nueva candidatura, luego de que Jimena de la Torre desistiera de esa presentación

El cierre de listas del lunes no definirá automáticamente la oferta electoral. A partir del martes 15 de septiembre, los apoderados de las agrupaciones y la propia Junta Electoral podrán formular observaciones e impugnaciones a las candidaturas presentadas. Luego habrá plazo hasta el 26 de septiembre para responder esos planteos y subsanar los errores que puedan corregirse. La oficialización definitiva está prevista para el 30 de septiembre y, si alguna controversia llega a la Justicia, el cronograma contempla una instancia posterior hasta comienzos de octubre.

La conducción del proceso, en efecto, está a cargo de una Junta Electoral integrada por ocho miembros: cinco designados por la FACA y tres por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal. La preside Gisela Hörisch Palacio, acompañada por Raúl Franco como vicepresidente y Daniel Fernando Baraglia como secretario. El cuerpo controla la presentación y oficialización de las listas, los padrones, el desarrollo de los comicios y, finalmente, la proclamación de los ganadores.

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El cronograma prevé que, después de la oficialización de las candidaturas, las agrupaciones impriman sus boletas entre el 6 y el 10 de octubre. El 20 de ese mes, una vez cerradas las mesas a las 18, comenzará el escrutinio provisorio. El recuento definitivo, la distribución de los cuatro lugares y la proclamación están previstos para el 27 o 28 de octubre.

César Grau y Jimena de la Torre, dos de los cuatro representantes actuales de la abogacía en el Consejo de la Magistratura. El estamento se completa con Fernanda Vázquez y Alberto Maques
César Grau y Jimena de la Torre, dos de los cuatro representantes actuales de la abogacía en el Consejo de la Magistratura. El estamento se completa con Fernanda Vázquez y Alberto Maques

Hasta el vencimiento del período para la reserva de nombres, se habían registrado once presentaciones de agrupaciones con intención de competir. Entre ellas aparecen Espacio Abierto de la Abogacía, Unión Federal por la Libertad, Abogacía por una Justicia Independiente, Abogacía por la Libertad, Abogacía Federal, Abogacía Unida y Dignidad Profesional, Unidad en Defensa de la Abogacía, Abogacía en Acción, Agrupación 29 de Agosto y Compromiso con la Abogacía.

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Hubo además dos reservas bajo la denominación Abogacía por una Justicia Independiente y similitudes entre los nombres Unión Federal por la Libertad y Abogacía por la Libertad, lo que motivó la intervención de la Junta Electoral para procurar una definición antes de la presentación formal.

Por detrás de esas presentaciones, las negociaciones continuaron durante los últimos días. Según fuentes que siguen de cerca el proceso electoral, uno de los armados en conversación reúne a Abogados en Acción, el espacio de la consejera de la Torre, con terminales en el PRO, con sectores vinculados a Alberto Biglieri, de extracción radical, y referentes de distintos colegios profesionales. En paralelo, el senador y consejero Mariano Recalde aparece como uno de los articuladores de un espacio del peronismo y el kirchnerismo, donde circula como posible candidata la abogada cordobesa Tati Demarchi Arballo, vinculada a la Agrupación de Abogacía Transformadora, aunque todavía persistían diferencias entre sectores referenciados en Juan Manuel Olmos y otros dirigentes más cercanos al gobernador bonaerense Axel Kicillof sobre la integración de una eventual lista común.

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A su vez, Diego Molea, ex consejero de la Magistratura y rector de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, impulsa otro armado en el que aparece mencionado Ignacio Segura, expresidente del Colegio de Abogados de Córdoba. En paralelo, Luis Palomino, concejal de Vicente López por La Libertad Avanza, asoma como un nuevo actor con intención de competir.

Así las cosas, el panorama definitivo comenzará a despejarse este lunes, cuando se conozca cuáles de esos espacios lograron formalizar sus candidaturas, cuáles resolvieron competir por separado y qué acuerdos o confluencias terminaron de concretarse de cara a la elección.

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“Chiqui” Tapia: a qué apuntan las pruebas que pidió la Justicia en la causa por presunto enriquecimiento ilícito

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FOTO DE ARCHIVO- Qué busca la justicia en relación a los bienes de Claudio Tapia REUTERS/Agustín Marcarian

FOTO DE ARCHIVO- Qué busca la justicia en relación a los bienes de Claudio Tapia REUTERS/Agustín Marcarian

Al ex jefe de Gabinete de Javier Milei, Manuel Adorni, se le vence a principios de esta semana la prórroga de 15 días hábiles que pidió para explicar veinte inconsistencias detectadas en su patrimonio por el fiscal federal Gerardo Pollicita. Si sus justificaciones no convencen, podría avanzarse hacia un pedido de declaración indagatoria por presunto enriquecimiento ilícito que será resuelto por el juez del caso, el federal Ariel Lijo.

Con el mismo fiscal y el mismo juez acaba de abrirse ahora la investigación por el mismo delito contra Claudio “Chiqui” Tapia y se descuenta que el camino judicial será similar. Una batería inicial de medidas de prueba, a las que seguirá una vez recibidas las respuestas -si no conforman o hay dudas- la citación de testigos y como final, un amplio estudio que terminaría -o no- en un requerimiento fiscal para que el investigado justifique el origen de sus bienes.

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El fiscal federal Gerardo Pollicita en los tribunales de Comodoro Py (Adrián Escandar)
El fiscal federal Gerardo Pollicita en los tribunales de Comodoro Py (Adrián Escandar)

A Tapia no se lo investiga por su rol como dirigente futbolístico y presidente de la AFA, sino como funcionario público. Se lo considera así desde 2016 cuando llegó al CEAMSE, una sociedad estatal integrada por los gobiernos porteño y bonaerense concebida para gestionar los residuos sólidos urbanos, la basura.

Como primer paso, se pidió levantar los secretos protegidos por las normas tributarias, bancarias, de mercado de capitales y de prevención de lavado de activos. La habilitación resulta necesaria para que organismos como la Agencia de Recaudación y Control Aduanero(ARCA), el Banco Central de la República Argentina(BCRA), la Comisión Nacional de Valores(CNV), la Unidad de Información Financiera(UIF) y entidades privadas puedan entregar información reservada sobre Tapia.

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Medidas requeridas por el fiscal Gerardo Pollicita para investigar el patrimonio de Claudio Tapia desde 2016. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La medida apunta a acceder a datos fiscales, movimientos de cuentas, inversiones, créditos, transferencias, cajas de seguridad, tarjetas y activos declarados en el país o en el exterior. La fiscalía definió como período de interés los años comprendidos desde 2016 hasta la actualidad, es decir, desde el ingreso de Tapia a la función pública en CEAMSE. Solicitó que las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires y de la provincia remitan todas las declaraciones juradas patrimoniales presentadas por Tapia durante su desempeño en CEAMSE, incluidos los anexos que tengan carácter reservado.

También busca acceso al legajo personal del dirigente, las resoluciones que respaldaron sus designaciones, los cargos ejercidos, los períodos en los que trabajó y las declaraciones juradas internas que pudiera haber presentado. El organismo deberá informar cada ingreso que recibió Tapia desde su incorporación hasta la actualidad, con el detalle de montos y conceptos abonados. La solicitud alcanza las cuentas bancarias donde se acreditaron los pagos.

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Uno de los pedidos más extensos recayó sobre ARCA. La Fiscalía requirió el envío de toda la información disponible sobre la situación fiscal, económica, patrimonial y financiera de Tapia. El organismo deberá entregar las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, junto con formularios, anexos, papeles de trabajo, acuses de presentación y eventuales rectificativas. También se solicitó información sobre ingresos por salarios, honorarios, rentas, dividendos, intereses, diferencias de cambio, utilidades, préstamos, mutuos, donaciones, herencias, aportes de capital y otras fuentes de fondos que aparezcan en sus registros.

Ariel Lijo
El juez federal Ariel Lijo a cargo de las causas por supuesto enriquecimiento ilícito que se le siguen a Manuel Adorni y a Claudio “Chiqui” Tapia

La pesquisa apunta a comparar los ingresos declarados con el patrimonio, el nivel de gastos y las operaciones económicas del investigado.

El fiscal pidió conocer si existieron relaciones con contribuyentes vinculados a facturación apócrifa, en caso de que esos datos aparezcan en las bases oficiales. Además, solicitó que se informe si Tapia presentó declaraciones de ingreso o egreso de dinero ante el Sistema de Ingreso y Egreso de Valores y si registra antecedentes o sanciones aduaneras.

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El Banco Central deberá consultar a bancos, financieras y proveedores de pago. Se pidió que el organismo circule una orden a las entidades bancarias y crediticias bajo su órbita para saber si Tapia fue titular, cotitular, autorizado, apoderado, firmante o representante de productos financieros. El pedido incluye cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, préstamos, compra y venta de divisas, transferencias al exterior, tarjetas de crédito y débito, fondos fiduciarios y cajas de seguridad. De existir registros, las entidades deberán aportar el detalle de créditos y débitos de cada cuenta, la documentación de apertura, los datos de los demás intervinientes, las fechas de alta y baja, los domicilios declarados y los extractos bancarios.

La solicitud también alcanza las billeteras virtuales, cuentas de pago, CVU y alias. Los bancos deberán identificar las plataformas o proveedores de servicios de pago que hubieran tenido relación con Tapia. Pollicita pidió, además, información sobre operaciones de cambio y sobre el registro de operadores de cambio administrado por el Banco Central.

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Para seguir el recorrido de los fondos, el fiscal requirió que la Compensadora Electrónica S.A.(Coelsa) aporte datos sobre CBU, CVU, alias, transferencias cursadas, cuentas de origen y destino, fechas, montos y entidades participantes. Se pedirán resúmenes de tarjetas de crédito y constancias de las cuentas.

La fiscalía busca determinar si hubo inversiones bursátiles o activos digitales. El requerimiento incluye a la Caja de Valores. Pollicita pidió que informe si Tapia tuvo cuentas comitentes, con qué agentes de bolsa operó, qué tenencias registró y cuáles fueron sus operaciones bursátiles. Una vez identificados los intermediarios, la Fiscalía prevé solicitar los legajos de cliente, los reportes de cuenta corriente y los documentos que respaldaron las operaciones realizadas en el período bajo análisis.

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En paralelo, se pidió a la CNV que consulte a los proveedores de servicios de activos virtuales inscriptos si Tapia posee o poseyó cuentas o billeteras digitales. También requiere los registros de validación de identidad, cuentas bancarias asociadas, direcciones IP, datos de acceso y la identificación técnica de los dispositivos usados.

La lista de empresas a consultar incluye Binance, Ripio, Belo, Bitex, OKX, Satoshi Tango, Ualá, ArgenBTC, Athena, Bitinka, Buda, Decrypto y otras plataformas de servicios con criptoactivos.

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Pollicita solicitó a la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor que detalle los vehículos que Tapia tiene o tuvo a su nombre, como titular, cotitular, autorizado u otra modalidad de vinculación. El informe debe incluir marca, modelo, tipo, fecha de inscripción, estado registral, período de titularidad y datos de transmisión en los casos de vehículos vendidos o transferidos. La medida se extiende al Registro Nacional de Buques, el Registro Nacional de Aeronaves y los registros inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires y San Juan. La fiscalía pidió que esas oficinas informen las titularidades actuales e históricas de Tapia y aporten los folios reales o documentos registrales de cada inmueble, embarcación o aeronave que aparezca asociado a su nombre. También se pedirá información sobre bienes, cuentas bancarias, cajas de seguridad y tenencias accionarias.

El fiscal pidió librar un exhorto internacional a la Confederación Sudamericana de Fútbol(Conmebol), con sede en Asunción, Paraguay. La entidad deberá remitir el legajo personal de Tapia, precisar los cargos que ejerció, informar todos los ingresos que percibió desde su incorporación y detallar los conceptos de pago y las cuentas bancarias donde se depositaron esos fondos. La solicitud incluye las resoluciones que respaldaron sus designaciones, declaraciones juradas que pudiera haber presentado y otros documentos de su relación con la confederación. La Fiscalía también pidió que Conmebol informe si Tapia tuvo funciones ante la Federación Internacional de Fútbol Asociación(FIFA), en qué carácter las ejerció, a quién representó y si obtuvo ingresos por esa actividad.

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Causa ANDIS: encontraron voces distintas a la de Spagnuolo en los audios de las coimas

calendar_today 13.09.2026 - person  - timer ~4 Minutos

Diego Spagnuolo - 28 de abril

Diego Orlando Spagnuolo, exdirector de la ANDIS, en los tribunales de Comodoro Py 2002. Fotografía: RSFotos

La voz atribuida a Diego Spagnuolo no es la única que aparece en los 58 audios que está peritando la Gendarmería Nacional, en el marco de la causa ANDIS. En algunos fragmentos se escucha a otras personas, que podrían ser los interlocutores en las conversaciones donde el exfuncionario libertario habría confesado que le estaban “desfalcando la Agencia” y que existiría un circuito de coimas entre droguerías, proveedores y el Gobierno.

Según confirmaron a Infobae fuentes judiciales, los peritos de la Dirección Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería examinaron apenas ocho archivos del total almacenado en el pendrive Kingston DataTraveler G4 que entregó a la Justicia el periodista Mauro Federico, quien los sacó a la luz. Son aquellos de mayor duración temporal.

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Las defensas de Spagnuolo, el lobista Miguel Ángel Calvete y la droguería Suizo Argentina tienen a sus propios peritos de parte participando del peritaje. Lo mismo ocurre con el fiscal Franco Picardi, quien designó a cinco especialistas de la Dirección General de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP).

Con los avances de las últimas semanas en el peritaje, los forenses detectaron cortes sobre algunos audios, orientados a eliminar al interlocutor de la charla y dejar solamente la voz de quien sería Spagnuolo. Pero parte de archivos no se “limpiaron” minuciosamente al editarlos y hay fragmentos con otras voces que no son la del exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad, según coinciden distintas fuentes consultadas por este medio.

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Jura de los jueces Yadarola y Bertuzzi
Ariel Lijo, juez federal

El hallazgo es de carácter preliminar, y puede ser controvertido por la opinión que tengan los distintos peritos. No se trata de conclusiones cerradas ni plasmadas en algún dictamen oficial que se haya incorporado al expediente.

De hecho, los forenses de Gendarmería aún transitan la primera etapa del estudio, que se enfoca en determinar si es posible cotejar las grabaciones con una muestra indubitable de la voz de Diego Spagnuolo.

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Luego pasarán a analizar los metadatos de los archivos y en una tercera fase llegará el análisis científico del contenido. Recién entonces se dedicarán a constatar posibles interlocutores o potenciales recreaciones con inteligencia artificial.

No obstante, a partir de este dato ya se abrieron nuevos interrogantes. ¿Hay más grabaciones con otras voces? ¿Puede el peritaje identificar a él o los confidentes de Diego Spagnuolo? Una respuesta afirmativa a esas preguntas —que ya se hace más de uno en los tribunales de Comodoro Py— podría tener repercusiones hasta ahora insospechadas para el caso.

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Tal vez tenga algo para decir al respecto en su declaración testimonial la abogada boliviana Nadia Beller, sobreviviente al intento de asesinato por encargo por el que está preso el consultor Fernando Cerimedo, su expareja, quien ya declaró como testigo en la causa ANDIS. El asesor en comunicación, por entonces allegado al ecosistema libertario, dijo bajo juramento en aquella oportunidad que había escuchado de parte de Spagnuolo lo mismo que se conoció a partir de los audios.

Nadia Beller, la abogada boliviana que fue baleada y acusó al asesor del presidente de Rodrigo Paz, Fernando Cerimedo
Nadia Beller, la abogada boliviana que fue baleada y acusó a Fernando Cerimedo, asesor del presidente boliviano Rodrigo Paz.

Ahora será Beller la que declarará como testigo. Lo ordenó el juez a pedido de Picardi, quien solicitó que comparezca por medios digitales, con colaboración de los fiscales del país vecino. La mujer afirmó tener información sobre la filtración de los audios y la corrupción en el área de Discapacidad.

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La Fiscalía General de Bolivia propuso que la citación se lleve adelante el 23 de septiembre. Todo indica que esa será la fecha en la que cuente ante los tribunales argentinos lo que sabe.

El cotejo de los audios será determinante para esclarecer si el que habla es realmente Diego Spagnuolo. Pero el exfuncionario libertario está negado a colaborar —en rigor, tampoco está obligado—, aunque así lo dispuso el juez Ariel Lijo. A través de su defensa, planteó que esto podría violar su derecho a no autoincriminarse. Esto lo llevó a pedir la nulidad de la pericia. Intentó suspender el estudio dos veces, por ahora sin éxito.

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Franco Picardi - Diego Spagnuolo - 28 de abril
Franco Picardi, fiscal federal.

Otro indicio preliminar que surgió del laboratorio de Gendarmería apunta a que algunos archivos podrían ser “varios recortes de distintas conversaciones”. Algo así como un rompecabezas de escuchas con piezas unidas “para que parezca una sola frase”, según indicó una fuente del caso.

De verificarse la falsedad u origen clandestino de los audios —por ejemplo, que sean escuchas ilegales—, las defensas buscarán hacer caer toda la causa y que se declare nula, por haber nacido de una prueba ilícita. Así lo reclamaron antes del peritaje en distintas instancias.

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La fiscalía no usó las grabaciones de Spagnuolo como prueba para acusar a las 19 personas que hoy están procesadas. En cambio, el fiscal Picardi se apoyó en “pruebas independientes e incluso anteriores” a los audios, según consta en el expediente. En contrapartida, los principales acusados sostienen que son la piedra angular del caso.